“Manifestaciones populares” denegadas en Cuba?

Los artículos 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, sobre la libertad de expresión, nos dicen que “garantizan en conjunto el derecho a reunirse de manera pública o privada para expresar, promover, perseguir y defender intereses comunes”.

CAPAC- Por Yaimi Ravelo / Tomado de Resumen Latinoamericano Cuba/ Foto: Agentes de la Policía Metropolitana de Washington DC arrestan a un manifestante durante una protesta por la muerte de George Floyd/ Yasin Ozturk /Getty Images.

Los artículos 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, sobre la libertad de expresión, nos dicen que “garantizan en conjunto el derecho a reunirse de manera pública o privada para expresar, promover, perseguir y defender intereses comunes”. Recuerden esa frase “intereses comunes”.

Un guión más abajo en esta Declaración Universal, justamente el artículo 21 subraya:

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Según ellos Estados Unidos y la Unión Europea son los principales garantes de vigilar, observar que el resto de las naciones del mundo se apeguen al pie de la letra a dichos postulados sin tener en cuenta el Derecho a la Soberanía e Independencia de cada uno de los países del planeta.

Ahora bien. ¿Cuán real es el apego de los Estados Unidos y los países de la Unión Europea a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en cuanto a la libertad de expresión?

-¿Se necesitan permisos para marchar o manifestarse en esos países? Sí se necesitan.

-¿Puede ser negada una marcha o manifestación en países como Estados Unidos u otro de la Unión Europea? Sí puede ser denegado.

Comencemos un breve análisis con el país promotor de la “defensa” de los Derechos Humanos. Los Derechos de los manifestantes que rezan en a la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos destaca el “derecho que Usted tiene a manifestarse describe las restricciones a la libre expresión pacífica que el gobierno podría imponer”.

El pueblo estadounidense para realizar una protesta o marcha “pacífica” debe apegarse a leyes y normas dictadas por su gobierno, las cuales no son cuestionadas por algún otro país del mundo.

La Unión de Libertades Civiles de los Estados Unidos (ACLU, por sus siglas en inglés) es el principal protector de la libertad en los Estados Unidos y ellos mismos procuran asegurar que los ciudadanos no incumplan lo requerido en sus estatutos, para lo cual tienen un manual de Los Derechos de los Manifestantes.

Los Derechos de los manifestantes en los Estados Unidos

El mencionado folleto de instrucción para los posibles marchantes en EEUU comienza con la pregunta: ¿Qué hacer durante un encuentro con la policía?

Pues sí, dicha pregunta da por hecho que el encuentro con la policía es inevitable. No contiene este manual para los manifestantes un lenguaje pacífico, constantemente les recuerda que lo más probable es que exista una confrontación policial y violencia. Y sí, hablamos del país de las “libertades”, garante de que se cumplan los derechos de libre expresión en el resto del mundo.

Respuesta del manual: “No tiene que responder a las preguntas de un oficial de policía, pero debe mostrar su licencia de conducir y el certificado de registro de su automóvil si le piden que detenga el automóvil. Si se encuentra a pie y un policía tiene razones para pensar que usted efectúa actividades ilícitas, y le pide su identificación, usted debe mostrar su identificación o identificarse, de lo contrario, podrían arrestarle.”

¿No era legal expresarse? ¿Ahí dice que tiene que obedecer a la policía? ¿Te pueden arrestar? Pues obviamente, la policía en todos los países del mundo vela por el orden público, la tranquilidad ciudadana y el cumplimiento de las leyes.

Las siguientes instrucciones de Los Derechos de los Manifestantes en los Estados Unidos dejan bien claro, que si quieres participar en una marcha debes apegarte muy bien a las normas impuestas por las leyes, podrían ser severas y mucho más el cuerpo policial:

-No tiene la obligación de dar su consentimiento a que le cateen o registren su persona, su propiedad o sus papeles. La policía puede revisarle la ropa si sospechan que lleva un arma oculta. No se resista, pero deje en claro que consiente a que le hagan ningún otro tipo de registro.

– Mantenga las manos en donde la policía las pueda ver. No corra y no toque a un oficial. Tampoco se resista aunque crea que es inocente.

Lo dejan bien claro sin margen de dudas, OJO con la policía. ¿Saben ustedes cuántos casos de violencia policial hay registrados en los Estados Unidos?

Foto: Reuters.

Un artículo publicado en EuroNews por la agencia Reuters, con fecha del 1 de Octubre de este 2021 destaca lo siguiente:

“Más de la mitad de todas las muertes que involucraron violencia policial en Estados Unidos entre 1980 y 2018 no se incluyeron como tales en la base de datos principal del Gobierno, según un estudio realizado por investigadores de la Universidad de Washington y publicado en The Lancet.

El Sistema Nacional de Estadísticas Vitales de Estados Unidos registró que la violencia policial tuvo un papel en 13.700 muertes durante ese periodo, dijeron los autores del estudio. Al examinar tres bases de datos no gubernamentales de código abierto, estimaron que el total real es de unos 30.800.

Las bases de datos que examinaron fueron Fatal Encounters, Mapping Police Violence y The Counted.

La carga de la violencia policial fatal es una crisis de salud pública urgente en Estados Unidos, dijo el estudio publicado el jueves en The Lancet, una importante revista médica británica.

Las muertes a manos de la policía impactan de manera desproporcionada a personas de ciertas razas y etnias, apuntando a un racismo sistémico en la policía, agregó.

Las protestas estallaron el año pasado en Estados Unidos tras la muerte de George Floyd, un hombre negro que murió después de que un agente presionó una rodilla sobre su cuello durante más de 8 minutos, y otros incidentes en los que la policía mató a hombres y mujeres negros.”

Y esto lo dice la gran prensa norteamericana.

Comenzamos este análisis destacando la frase intereses comunes y dos preguntas claves: ¿Se necesitan permisos en otros países para hacer una marcha? ¿Puede ser denegado?

Dice la prestigiosa Primera Enmienda Constitucional estadounidense que sí:

LIMITACIONES DE LA EXPRESIÓN

«La Primera Enmienda Constitucional no protege las formas de expresión que impliquen quebrantar leyes establecidas, tales como la invasión a propiedad, el desacato o el interferir con la orden legal de un oficial de la policía. Aunque los oradores provocadores no pueden ser castigados por el simple hecho de alborotar al público, el orador puede ser arrestado por agitación si promueve actos de violencia o instiga concretamente a la gente para que cometa actos ilícitos. Las declaraciones alevosas acerca de los funcionarios públicos, así como las expresiones obscenas, tampoco gozan de protección.»

LIMITACIONES EN CUANTO A LOS ACTOS

«Los manifestantes que participen en actos de desobediencia civil, es decir, en actividades pacíficas, pero ilícitas, como forma de protesta, no gozan de las protecciones de la Primera Enmienda. Si usted pone a otras personas en peligro en el transcurso de una protesta, queda sujeto a que lo arresten. Una protesta que impida el tránsito vehicular o peatonal es ilegal si no cuenta con permiso. Usted no tiene derecho a obstaculizar la entrada a un edificio ni a acosar físicamente a nadie. Por regla general, los actos de libre expresión no pueden efectuarse en propiedad privada, incluyendo los centros comerciales al aire libre, sin el consentimiento del dueño de la propiedad. Usted no tiene derecho a permanecer en propiedad privada después de que el dueño de la propiedad le haya pedido que se vaya.»

Y ahora no lo dicen los medios, lo dicen las leyes estadounidenses, la marcha debe ser lícita y con un permiso otorgado por el gobierno local de los manifestantes, de ser denegado se considera ilícita, no hay nada que interpretar, lo dejan bien claro.

Lo que no dejan bien claro es que los policías se sienten con derecho en este tipo de manifestaciones ilícitas en los Estados Unidos de quitarle la vida a mucho de los manifestantes, acciones promovidas en la mayoría de los homicidios por racismo, xenofobia, homofobia y hasta fascismo.

Decálogo de derechos básicos del manifestante del Estado Español

Cambiemos de región hacia otro país que en no pocas ocasiones muestra una preocupación visible por los derechos de expresión de la población de su antigua colonia.

1.-“El derecho de manifestación y reunión no necesita autorización gubernativa, pero sí requiere comunicación previa, cuando se prevea que vayan a congregarse más de 20 personas. Si no se comunica, cabe que la policía impida su desarrollo. En todo caso, en las situaciones de riesgo que se pueden producir en caso de que la manifestación o reunión no esté autorizada, las decisiones que se tomen ante los requerimientos policiales deben ser colectivas y no individuales. Es muy conveniente que todos respetemos las decisiones adoptadas en los espacios unitarios y asambleas preparatorias”.

Pues según las leyes españolas si se reúnen más de 20 personas, pues a solicitar permiso. Ah y la policía puede impedir su desarrollo, no se olvide porque de no tener en cuenta dicho detalle puede pasar lo siguiente:

2- “La policía puede pedirte tu identificación mediante la exhibición del DNI o similar. Aunque debe tener una razón legal (alteración del orden público, actos que provoquen daños, etc…) no debes negarte. Si te niegas, puedes ser conducido a un centro policial. Tras tu identificación te deben devolver tu DNI o similar”.

Si pensaba que estaba en presencia de un artículo de una ley cubana está equivocado/a, es en el reino de España. País que también vigila los derechos humanos en otras naciones incumpliendo los derechos y leyes internacionales.

Los derechos de la mayoría en Cuba

El 12 de Octubre de del 2021 fue noticia en el mundo que los Gobiernos e Intendencias de algunas provincias de Cuba no reconocieron lícitas las manifestaciones propuestas por algunos ciudadanos cubanos en contra del “régimen actual”.

Una de las fundamentaciones para determinar que estas marchas no eran legales es que tales marchas no representan los intereses comunes de la mayoría de la población en Cuba. La nueva Constitución de la República de Cuba entró en vigor en el 2019 a través de un referéndum aprobado por más del 86% de cubanas y cubanos.

En aras de contrastar datos, cifras y fuentes busqué noticias sobre muertes en Cuba por represión policial; ni una. Alguna noticia de madres pidiendo la aparición con vida de sus hijos e hijas; ni una. Algún titular de policía mató a un hombre por ser negro; ni una. Masacre, ni una. Tiroteo en manifestaciones deja un saldo de tantos muertos, ni una.

Ni una noticia de esas los cubanos quieren para su país, noticias que lamentablemente sufren otros pueblos. Los cubanos quieren paz, no desean calles violentas. Los cubanos por naturaleza son alegres y solidarios; para este 15 de noviembre los niños y niñas de Cuba marcharán a sus escuelas.

¿Respalda el Gobierno norteamericano marchas ilícitas en Cuba?

Justo el 12 de Octubre cuando el gobierno de Cuba reconoce públicamente que la manifestación promovida por un grupo de ciudadanos cubanos era considerada ilícita, el senador norteamericano Marco Rubio publica un tuit en apoyo a las marchas opositoras tales como las del pasado 11 de julio.

Un día en que se irrumpió el orden público, la paz y la tranquilidad del país.

El poderoso país “vanguardia” de la libertad de expresión deja bien claro en su Primera Enmienda Constitucional y cito nuevamente:

…”La Primera Enmienda Constitucional no protege las formas de expresión que impliquen quebrantar leyes establecidas, tales como la invasión a propiedad, el desacato o el interferir con la orden legal de un oficial de la policía.”

…”Los manifestantes que participen en actos de desobediencia civil, es decir, en actividades pacíficas, pero ilícitas, como forma de protesta, no gozan de las protecciones de la Primera Enmienda. Si usted pone a otras personas en peligro en el transcurso de una protesta, queda sujeto a que lo arresten.”

Sin embargo, alientan a los cubanos a quebrantar las leyes de su país, para sacar a la luz la gastada fórmula mediática con titulares violentos que inciten a la intervención bondadosa de salvar a los cubanos y cubanas de la “dictadura” represora.

En la tarde de este 22 de Octubre la agencia EFE de noticias publicó claramente la última amenaza –por ahora- registrada por el gobierno norteamericano:

“Estados Unidos advirtió este viernes que responderá, posiblemente con sanciones, si se «violan los derechos fundamentales» del pueblo cubano o se procesa a los promotores de la marcha cívica opositora convocada para el 15 de noviembre en Cuba.

Así lo indicó en una entrevista con Efe Juan González, el principal asesor para Latinoamérica del presidente estadounidense, Joe Biden, después de que la Fiscalía cubana amenazara con imputar delitos a los convocantes de esa marcha opositora en caso de que la lleven a cabo.”

Ante tamaña hipocresía política, el resto de las naciones del planeta tendrían sobradas razones para pedir a las Naciones Unidas que se sancione al gobierno de EEUU en aras de proteger los derechos humanos del noble pueblo norteamericano.

 

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